
Póliza Seguro Gastos Médicos Thona No. 44312-01
RNT No. 3214009ce1cd6 Vigencia al 15/03/2026
Reglamento para solicitud de becas para programas educativos y/o actividades didáctico-deportivas
Capítulo 1. Generalidades:
1.- Todo participante inscrito en nuestros cursos y/o actividades da por aceptado el presente Reglamento.
2.- La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. se reserva el derecho de ofrecer becas o porcentajes de descuento en matrículas y/o mensualidades para participar en cualquiera de sus cursos y/o actividades publicadas conforme a lo estipulado en el presente Reglamento, siendo decisión exclusiva de la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. la modalidad en la que otorgará dichas becas, pudiendo ser:
a) Beca por reembolso: Donde la cuota de recuperación pagada por el participante será reembolsada en el porcentaje de beca autorizado una vez finalizado el curso y validado el cumplimiento de las obligaciones del beneficiario.
b) Beca anticipada: Donde al beneficiario se le exime del pago de la cuota de pago correspondiente al porcentaje de beca autorizado.
3.- En el caso de las becas para los programas avalados por ACTURMEX, el porcentaje de becas a asignar será del 10% de la matrícula total captada del curso, quedando su asignación sujeta a la cantidad final de alumnos inscritos al mismo en forma regular, a fin de determinar la cantidad y porcentaje en la que serán asignadas dichas becas, por lo que solo podrán ser determinadas hasta el cierre de inscripciones del curso.
4.- En el caso de becas de descuento para programas educativos en general y/o actividades que no cuenten con aval de ACTURMEX y/o de cualquier otra dependencia que de manera institucional señale obligatoriamente el monto y cantidad de becas a otorgarse para los participantes al curso avalado por dicha dicha institución, la cantidad de becas a otorgarse, el porcentaje y la modalidad de la misma será decisión exclusiva de La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. siendo obligación del interesado cumplir con los requisitos y criterios de elegibilidad indicados en el presente reglamento.
Capítulo 2. Procedimiento para presentar solicitud de beca o descuento:
5.- En todos los casos y sin excepción, el aspirante a la asignación de una beca o porcentaje de descuento deberá presentar Carta de Motivos de Solicitud de Beca en formato libre en la que indicará:
a) Nombre completo, fecha de nacimiento, edad, escolaridad, domicilio completo, correo electrónico y teléfono de contacto
b) Nombre del curso o actividad a la que desea le sea aplicada la beca o descuento.
c) Porcentaje de descuento solicitado
d) Justificación de la solicitud de beca total o descuento
e) Documentos probatorios de situación indicada, por ejemplo recibo de nómina, certificado médico, constancia de participación en programas comunitarios, etc.
f) En el caso de programas educativos, indicar el compromiso de cumplir con el curso en forma correcta y obteniendo un promedio mínimo de 95/100
g) Para actividades didáctico-recreativas en general, indicar el compromiso de participación en el evento y la disponibilidad para prestar labores de apoyo durante el mismo
6.- La recepción de las Cartas de Motivos de Solicitud de Beca solo serán recibidas en la fecha(s) específica(s) para la recepción de solicitud de beca y mediante las vías señalada(s) en la convocatoria del curso. La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. dará por desechada cualquier solicitud presentada en forma extemporánea, por una vía de comunicación no indicada y/o con información incompleta, sin ninguna responsabilidad ante el solicitante.
7.- Solamente se podrá solicitar una beca o descuento para un curso o actividad por periodo para la misma persona, comprendiéndose como periodo los dos ciclos semestrales anuales señalados por La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. como ciclo “A” (meses de enero a junio) y ciclo “B” (meses de julio a diciembre) . En caso de que un participante presente solicitud de beca para varios cursos del mismo periodo, solamente se dará por aceptada la primera solicitud recibida.
8.- En el caso de cursos que cuenten con un cupo limitado indicado por parte de las dependencias reguladoras y éste haya llegado a su capacidad máxima a la fecha de apertura de la convocatoria de becas, solo se podrán aceptar solicitudes de becas o descuento por parte de alumnos previamente matriculados. En este caso, las becas serán bajo la modalidad de reembolso indicada en el Art. 2 de este Reglamento y por la cantidad bonificada al alumno beneficiado.
Capítulo 3. Proceso para otorgamiento de beca o descuento:
9.- Todas las solicitudes de beca o descuento presentadas en tiempo y forma serán acusadas de recibido por parte de La Escuela para Actividades al Aire Carbono Catorce A.C. a manera de confirmación de inicio del proceso. No serán recibidas solicitudes provenientes de personas que:
a) Hayan incumplido con sus obligaciones como becados en cursos anteriores
b) Hayan sido sancionadas por malas prácticas, comisión de faltas mayores al reglamento o su equivalente
c) Sean reconocidas por llevar a cabo prácticas contrarias a los valores de nuestra institución
d) Hagan llegar su solicitud de beca por alguna vía distinta a la indicada en la convocatoria
10.- El Comité Técnico revisará las solicitudes recibidas, priorizando en todos los casos los siguientes criterios para la asignación de becas o descuentos:
a) Miembros de comunidades ejidales, etnias indígenas, madres solteras, personas en situación vulnerable incluyendo violencia de género y discriminación, tendrán preferencia para el otorgamiento de becas
b) Personas con alguna discapacidad física, pero que no cuenten con impedimento para llevar a cabo el curso en forma segura y adecuada, así como también no cuenten con impedimento para poner en práctica lo aprendido.
c) Personas cuyos ingresos familiares sean iguales o inferiores a un salario mínimo mensual vigente para el centro del país.
d) Personas que lleven o hayan llevado a cabo acciones en beneficio de su comunidad, participen activamente dentro de programas sociales y/o de apoyo comunitario relacionados con el curso al que solicita la beca y no cuenten con los recursos económicos suficientes para pagar en forma ordinaria su matricula en el curso o actividad de su interés.
11.- El monto de asignación de la beca por parte del Comité Técnico podrá ir del 5% al 100% de descuento independientemente del monto solicitado por el solicitante y será vigente solamente durante el curso o actividad indicado, así también, dentro de la carta de asignación de la beca se indicará la modalidad de la beca autorizada (Reembolso o anticipada). La beca otorgada no es acumulable con otros descuentos ni promociones ofertadas para el curso o actividad ni es transferible a terceros y las decisiones tomadas por el Comité se consideran como inapelables.
12.- La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. dará aviso al aspirante a través de los medios de contacto indicados por el postulante si su solicitud fue aceptada o rechazada, así también, enviará vía correo electrónico o en su caso, entregará personalmente la Carta Compromiso de Cumplimiento que deberá de ser llenada por el beneficiado y entregada de regreso debidamente firmada en el plazo indicado. El llenado y entrega de la Carta Compromiso no exime al beneficiario de cumplir con el procedimiento ordinario de inscripción a curso o actividad seleccionado, incluyendo el llenado de formularios de inscripción, entrega de documentación y/o presentación de evaluaciones previas requeridas, por lo que en caso de que no cumpla con las obligaciones comunes a todos los participantes en las actividades o cursos, no tendrá derecho a participar en el mismo.
Capítulo 4. Obligaciones de los becados:
13.- Entregar la Carta Compromiso de Cumplimiento en forma estrictamente puntual conforme a las instrucciones recibidas por parte de La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C.
14.- En caso de becas para programas formativos, deberá dar cumplimiento al curso donde ha recibido la beca o descuento, manteniendo un promedio mínimo de 95/100 o su equivalente. En caso de que la calificación obtenida de manera ordinaria por el becado sea menor al promedio mínimo requerido, se perderá el porcentaje de beca asignado debiendo realizar el pago correspondiente para saldar el monto del curso, a fin de que le sea entregada la constancia de participación en el mismo. Los beneficiarios de becas no pueden presentar evaluaciones extraordinarias ni trabajos de recuperación adicionales a la calificación ordinaria obtenida.
15.- Como parte de las obligaciones de todos los alumnos becados, se deberá participar en las labores de apoyo logístico y/o administrativo y/o de retribución social que le sean asignadas durante la vigencia del curso o actividad en la que se encuentra inscrito. En caso de que el beneficiario de la beca no participe en las labores de retribución encomendadas, se perderá el porcentaje de beca asignado, debiendo realizar el pago correspondiente para saldar el monto del curso, a fin de que le sea entregada la constancia de participación en el mismo. En todo caso, la transportación para dar cumplimiento a las asignaciones otorgadas es responsabilidad del beneficiario de la beca.
16.- Los alumnos becados están obligados a asistir al 100% de sus clases y prácticas, pudiendo justificar solamente faltas relacionadas a:
a) Enfermedad o incapacidad expedida por institución pública de salud (IMSS, ISSSTE)
b) Obligaciones a cubrir por mandamiento de ley.
Capítulo 5. Pérdida o cancelación de beca
17.- La beca o descuento otorgado a un estudiante podrá ser cancelada sin ninguna responsabilidad para La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. por cualquiera de los siguientes motivos:
a) Falsedad de declaraciones por parte del solicitante de la beca
b) Violación al Reglamento de estudiantes durante la estadía en el curso o en su caso, al Reglamento de participantes en actividades didáctico-recreativas
c) Promedio obtenido por debajo del mínimo indicado para cursos y programas educativos
d) No entregar la Carta Compromiso de Cumplimiento en tiempo y forma
e) No dar cumplimiento a las asignaciones de apoyo indicadas por el instructor del curso o actividad.
f) Falte de manera injustificada a clases y/o prácticas en conformidad con lo indicado en el Art. 16 de este Reglamento.
18.- En caso de que se dé por cancelado en forma definitiva el curso o actividad donde el beneficiario haya sido becado por parte de la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. debido a alguna de las situaciones indicadas a continuación en forma ilustrativa más no limitativa:
a) Condiciones inseguras para llevar a cabo la actividad o el curso derivadas de fenómenos perturbadores de origen natural o antropogénico,
b) Prohibición expresa por parte de la autoridad correspondiente para la operación de la actividad o curso,
c) Inoperabilidad del curso debido a no alcanzar el quorum requerido para su impartición, etc.
La beca otorgada al beneficiario para participar en dicho curso o actividad se dará por cancelada sin ninguna responsabilidad para la Escuela para Actividades Al Aire Libre Carbono Catorce, A.C.
19.- En caso de que el curso o actividad donde el becario haya sido beneficiado se vea suspendida temporalmente y ésta sea reprogramada en sus fechas y/o horarios por parte de la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. debido a alguna de las situaciones indicadas a continuación en forma ilustrativa más no limitativa:
a) Condiciones inseguras para llevar a cabo la actividad o el curso derivadas de fenómenos perturbadores de origen natural o antropogénico,
b) Prohibición expresa por parte de la autoridad correspondiente para la operación de la actividad o curso, etc.
La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. se deslinda de toda responsabilidad ante el becario en caso de que dicha reprogramación no le permita su participación dentro de la misma.
20.- Todas las cancelaciones de beca serán notificadas al beneficiario a través de los medios de contacto proporcionados por el mismo, por lo que se considerará recibida por el estudiante y hecha de su conocimiento de manera formal, independientemente si el beneficiario acusa de recibido o no dicha comunicación.
Capítulo 6. Pago de beca por reembolso:
21.- El beneficiario de beca por reembolso tendrá derecho a recibir en una sola exhibición el porcentaje de beca asignado sobre el monto total del curso o actividad donde ha sido beneficiado, debiendo acreditar el cumplimiento de sus obligaciones, entre las que se incluyen el haber obtenido promedio de 95/100 durante el curso, no contar con faltas no justificadas durante el mismo, así como haber participado en las labores de apoyo logístico y/o administrativo encomendadas.
22.- El pago del reembolso se realizará utilizando el mismo método de pago que haya utilizado el estudiante para el pago de su matrícula inicial (Efectivo o depósito bancario). En el caso de alumnos matriculados que hayan pagado a través de Paypal, solo será reembolsado el importe correspondiente al pago del curso o actividad, por lo que las comisiones cobradas por Paypal no serán reembolsadas al participante.
23.- En caso de reembolsos realizados por transferencia bancaria, el beneficiario de la beca deberá proporcionar los siguientes datos a traves del correo electrónico carbono14ac@gmail.com :
a) Los 16 dígitos de la tarjeta bancaria o bien los 18 digitos de su cuenta CLABE,
b) Nombre completo del titular de la cuenta, preferentemente a nombre del alumno beneficiario.
c) Nombre de la institución bancaria que recibirá el pago.
Siendo responsabilidad exclusiva del becario validar que los datos proporcionado a la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. sean correctos ya que a dicha cuenta será realizado el reembolso correspondiente. En caso de existir comisiones bancarias por la transacción serán descontadas del monto del reembolso presentando al beneficiario el comprobante del cargo de la misma.
24.- En el caso de reembolsos a realizarse en efectivo, sin excepción de persona solo se hará la entrega del mismo al alumno beneficiario personalmente.
25.- La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. se deslinda de cualquier responsabilidad fiscal del beneficiario adquirida por el pago de la beca de reembolso, misma que será emitida con el concepto de "reembolso" dentro del movimiento bancario correspondiente.
Capítulo 7. Casos no previstos en el presente Reglamento
26.- Cualquier caso no previsto en el presente Reglamento será revisado por el Comité Técnico y la Junta Directiva de la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. considerándose su decisión como definitiva e inapelable.